LA REALIDAD DE LOS DERECHOS LABORALES Y RETRIBUTIVOS DE LOS AUXILIARES DE POLICÍA MUNICIPAL

Ante la inminente retribución del complemento económico de 520 € que percibirán los Auxiliares de Policía Municipal en la próxima nómina y la cascada de paternidades y autorías que se atribuyen cierta parte del espectro sindical gracias a “reclamaciones” y cartas obsoletas de asuntos ya abordados varias veces en Mesas y Comise de Policía, desde UGT deseamos realizar las siguientes consideraciones:

No nos duelen prendas ni se nos caen los anillos en reconocer que los derechos retributivos de los Auxiliares de Policía Municipal (a los que consideramos compañeros e iguales en el plano laboral) fueron unos de los aspectos susceptibles de mejora en el vigente Acuerdo de condiciones laborales que, pese a las mejoras sustantivas en materia de productividad para la plantilla, no remuneraban adecuadamente su labor. Consciente de ello, UGT siempre continuó luchando (y luchará) por el reconocimiento pleno de sus derechos laborales y retributivos en el marco de mejora existente en todos los procesos de negociación con las administraciones del Ayuntamiento de Madrid y Comunidad de Madrid.
En la materialización de dicho propósito, este sindicato ha presentado iniciativas y documentación de la mano de representantes de este colectivo en diferentes estamentos y foros de negociación tales como:
1- Mesa de Policía (eso que alguno apunta como “novedosa iniciativa” ahora)

2- Comise de Policía (existen actas y comunicados al respecto)

3- Comisión Permanente de Portavoz, Seguridad y Emergencias

4-Interlocución con grupos políticos de la Asamblea de Madrid

5- Interlocución con la Federación Madrileña de Municipios y Provincias (En el día de ayer, se remitió carta a su presidente sobre los asuntos aquí expresados)

No vamos a ser HIPÓCRITAS NI DEMAGOGOS. Reconocemos y aplaudimos los esfuerzos del resto de sindicatos hacia un colectivo de compañeros que se merecen eso y más, la puesta en valor de su trabajo y de su reconocimiento como integrantes del Área de Portavoz, Seguridad y Emergencias, pero también queremos ser JUSTOS Y RIGUROSOS y a los hechos y documentos públicos nos remitimos. ES EN UNO DE LOS ESTAMENTOS ARRIBA CITADOS, COMO ES LA MESA GENERAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PARA LA NEGOCIACION DE FONDOS ADICIONALES , DONDE UGT IMPUSO Y AFIANZÓ LA PERCEPCIÓN DE DICHA CUANTÍA EN EL COMPLEMENTO ESPECÍFICO DE LOS AUXILIARES DE POLICÍA. EL DOCUMENTO QUE LO ACREDITA ES PÚBLICO Y PUEDE SER VISTO POR LOS INTERESADOS DE BUENA FE EN EL MISMO.
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ASUNTOS DE INTERÉS PARA LOS COLECTIVOS DE EMERGENCIAS ABORDADOS EN COMISE GENERAL (11/01/2021)

CONSULTAS MÉDICAS TELEFÓNICAS: Se ha puesto sobre la mesa el permiso para la asistencia a consultas médicas online y se valora la posibilidad de habilitar el tiempo necesario para las mismas en un entorno de privacidad para todo el personal que lo solicite.
15. APARTADO 4. LETRA M (Permiso retribuido correspondiente a los días 24 y 31 de diciembre). La Corporación deja claro que son los responsables del Área de Portavoz, Seguridad y Emergencias los encargados de la aplicación del citado artículo, y de la constancia de llevarse a cabo en la actualidad según los términos aprobados en los diferentes acuerdos adoptados en las mesas sectoriales.
TIEMPO DE CALCULO DE LA BOLSA DE CONCILIACIÓN 5% se acuerda con la Corporación que en la aplicación del artículo 12.9, bolsa de horas de libre disposición de hasta un 5 % de la jornada anual para la flexibilización horaria, dependerá de la jornada del colectivo al que pertenezca.
LOCALIZACIÓN DEL PERSONAL ESENCIAL: En el apartado de “ruegos y preguntas”, se ha preguntado por parte de UGT si existe obligatoriedad por parte del personal esencial de estar localizable. La respuesta de la Corporación es afirmativa, pero no han sido capaces de exponer la regulación que lo contempla, por lo que han quedado en remitir la misma tras su estudio.
AMPLIACIÓN DEL DISFRUTE DE LOS DIAS DEL PREMIO DE ANTIGÜEDAD: Se ha solicitado por UGT la ampliación de su disfrute, dado que en la actual situación de sobrecarga laboral hay una denegación habitual de un elevado número de días, pudiendo darse el caso de pasar uno de los 2 años reglados para su aplicación sin poder disfrutarlo.
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