Abierto el plazo de solicitudes de ayudas para tratamiento psicológico o psiquiátrico
Durante el período comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas para tratamiento psicológico o psiquiátrico, no farmacológico, realizados desde el 1 de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2025, a las que se deberá acompañar las facturas y el correspondiente informe médico (consultar bases).
Sólo se admitirá una solicitud por cada persona beneficiaria, a la que se adjuntarán en un único archivo todas las facturas.
Dado que sólo se devengará una ayuda por cada persona beneficiaria del tratamiento, si concurriese en los cónyuges o miembros de la pareja de hecho o, en su caso, progenitores o progenitoras la condición de personal municipal, sólo uno de ellos podrá presentar la correspondiente solicitud que incluya todas las facturas de la persona beneficiaria.
Las solicitudes de ayuda se presentarán por vía telemática a través de ayre/Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda.
Si una vez revisadas las bases reguladoras de la ayuda necesitas información adicional puedes contactar:
- Preferentemente mediante el formulario disponible en ayre o en el teléfono 91 588 23 75 (el personal activo del Ayuntamiento de Madrid)
- En las unidades de recursos humanos de los Organismos Autónomos (para el personal activo de dichos Organismos).
Abierto el plazo de solicitudes de ayudas de educación infantil (curso 2024-2025)
Durante el período comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas para educación infantil curso 2024/2025.
Dado que la ayuda para educación infantil, hasta el total del importe del gasto efectivamente abonado por este concepto, es compatible con la percepción de otras ayudas que otorguen la Comunidad de Madrid, la Comunidad Autónoma del domicilio del trabajador/a, otras Administraciones Públicas o entidades privadas, si se perciben
otras ayudas por este concepto es imprescindible declararlo en la correspondiente solicitud.
Sólo se admitirá una solicitud de ayuda por persona beneficiaria (el menor o la menor), a la que se debe acompañar toda la documentación necesaria (consultar bases).
El personal activo presentará su solicitud de ayuda por vía telemática a través de ayre /Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda; pudiendo obtener, también en ayre (Mi área personal/Acción Social/Modelos de documentos), un modelo orientativo de certificación, autorrellenable, para poder acreditar los gastos abonados al centro escolar, que se puede utilizar opcionalmente. En caso de que se presente otro distinto, y para evitar incidencias en la tramitación, deberá contener al menos los datos que se recogen en aquél.
Si una vez revisadas las bases reguladoras de la ayuda necesitas información adicional puedes contactar:
- Preferentemente mediante el formulario disponible en ayre o en el teléfono 91 588 23 75 (personal activo del Ayuntamiento de Madrid).
- En las unidades de recursos humanos de los Organismos Autónomos (personal activo de dichos Organismos).
Modelo certificación educación infantil
Abierto el plazo de solicitudes de ayudas por discapacidad de ascendientes a cargo
Desde el día 1 de septiembre y hasta el próximo 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas por discapacidad de ascendientes a cargo, a las que se deberá acompañar la documentación establecida en las bases reguladoras.
Las solicitudes de ayuda se presentarán por vía telemática a través de ayre/Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda.
Si una vez revisadas las bases reguladoras de la ayuda necesitas información adicional puedes contactar:
- Preferentemente mediante el formulario disponible en ayre o en el teléfono 91 588 23 75 (personal activo del Ayuntamiento de Madrid).
- En las unidades de recursos humanos de los Organismos Autónomos (personal activo de dichos Organismos).
Abierto el plazo de solicitudes de ayudas a la promoción interna del personal
Desde el día 1 de septiembre y hasta el próximo 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive, se pueden presentar solicitudes de ayudas para la preparación de procesos selectivos de promoción interna del personal.
Será requisito indispensable haber presentado solicitud de admisión a una prueba selectiva en el turno de promoción interna del Ayuntamiento de Madrid y abonado, en su caso, las correspondientes tasas, así como acreditar la asistencia dentro del período comprendido entre el 16 de septiembre de 2024 y el 15 de septiembre de 2025 a un centro de preparación de la correspondiente prueba selectiva.
Se considerarán personas beneficiarias de la ayuda de promoción interna, el personal municipal que a fecha de presentación de la solicitud figure admitido en el listado definitivo de aspirantes (consultar bases).
Las solicitudes de ayuda se presentarán por vía telemática: través de ayre/Mi área personal/Acción Social/Mis ayudas/Solicita tu ayuda.
Si una vez revisadas las bases reguladoras de la ayuda necesitas información adicional puedes contactar:
- Preferentemente mediante el formulario disponible en ayre o en el teléfono 91 588 23 75 (personal activo del Ayuntamiento de Madrid).
- En las unidades de recursos humanos de los Organismos Autónomos (personal activo de dichos Organismos)