Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado sentencia obligando a Hacienda a devolver el IRPF de una prestación de maternidad que había solicitado una trabajadora, al declarar que la prestación por maternidad y paternidad debe estar exenta de tributación del IRPF.
Es por ello que UGT, en el ámbito confederal, ha exigido al Ministerio de Hacienda que cambie su interpretación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para que la prestación por maternidad y paternidad quede exenta del pago de este impuesto, ya que así lo recoge la actual legislación, como ha sentenciado el TSJM. Igualmente, ha solicitado al Ministerio que devuelva de oficio estas cantidades y, si no lo hace, insta a los 2.499.892 afectados a reclamar su devolución a Hacienda.
En contra del criterio interpretativo de Hacienda, que mantiene la obligación de tributación al considerar las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad y paternidad como rendimientos de trabajo no exentas, el TSJM entiende, por el contrario, que la interpretación que debe hacerse del art. 7.h. de la Ley del IRPF es el de que esta prestación se encuentra dentro del ámbito de la exención general de esta disposición
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El fallo de la Sentencia abre la puerta a que los/as trabajadores/as que dedican parte de su tiempo al cuidado de menores tras su nacimiento o adopción durante las 16 semanas de duración del permiso de maternidad puedan reclamar la devolución de lo que han abonado por el impuesto entre 2012 y 2016, y lo mismo tendría que ocurrir con las prestaciones por paternidad.
Por ello, UGT ha reclamado la modificación del criterio interpretativo de Hacienda de la Ley del IRPF en el sentido declarado por esta sentencia y anima a que los trabajadores y trabajadoras afectados reclamen judicialmente este mientras Hacienda no varíe su postura.
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