En el inicio de la reunión, la Dirección presenta una nueva propuesta que recoge, entre otros aspectos, peticiones solicitadas por esta central sindical, y cuyas modificaciones relevantes señalamos a continuación:
Inclusión de los Auxiliares de Policía en la adecuación de dicha jornada.
Independencia del disfrute de los 2 días recogidos en el art.15.4º.L). respecto a la nueva jornada
Especificación de cuantías económicas en el cálculo de la misma.
Modificación del contador de días libres por la compensación a 35 horas, pasando los turnos de noche de 3 a 2 días, con lo que UGT discrepa.
Cómputo de las cantidades a percibir en base a la media de las retribuciones brutas de todos los componentes en cada categoría, optando siempre dentro de la misma por el que mayor retribución tenga al año, dividido entre 1505, que son el total de horas que realiza la Administración Pública, según Convenio General a 35 horas.
Tanto los jubilados como los alumnos de la promoción 50 cobrarán la parte proporcional de la compensación económica estimada.
Ejemplo
Categoría policía: Turnos diurnos> 3787 efectivos, cuyo salario es 35.609,96 euros; Turno nocturno> 941 efectivos cuyo salario es 39.631,04 euros. La media de ambas cifras es de 37.620,50 euros que, dividida entre 1505 horas anuales, sale a 24,99 euros/hora compensada. Dicha cifra, multiplicada por 80 que son las horas que nos abonan, arrojan una cantidad de 1999,2 euros brutos.
Auxiliares de Policía: Turnos diurnos> 83 y Turno nocturno>2 cuya media de salario bruto es de 29.640,45 euros, que dividido entre 1505 horas, sale a 19,69 euros/ hora. Dicha cifra, multiplicada por 80 que son las horas que nos abonan, arroja una cifra de 1575,2 euros brutos
Los subinspectores percibirán una cuantía por igual a de los titulados, con metodología similar al resto de categorías.
Por parte de las centrales sindicales firmantes, se realiza una serie de preguntas y consultas dirigidas al Director con el siguiente contenido:
Se solicita la revisión de los días que le corresponden al turno de noche, entendiéndose por la parte sindical que corresponderían 3 de compensación y no 2, debido al factor 1.3 corrector.
Se amplía la cobertura de la citada propuesta al colectivo de Auxiliares de Policía, reclamación que venía demandando este sindicato en sucesivos escritos para evitar la tradicional discriminación que sufrían los compañeros y compañeras pertenecientes al mismo por el antiguo equipo de gobierno.
Se solicita la habilitación de contador para los 2 días correspondientes al art.15.4º.L) en fracciones horarias
Se informa de la oposición de la anterior Corporación a que el turno de noche 2 (turno de refuerzo) pudiera acogerse a la parte de la venta de jornadas tipo 1 del actual Acuerdo de Policía, y se solicita que estos 37 compañeros puedan vender también las 20 horas de compensación, aparte de las 80.
UPM Y CCOO someterán esta nueva propuesta a consulta con su afiliación en un breve espacio de tiempo, tal y como establecen sus estatutos y ahora que la tienen por escrito, dando respuesta del resultado a esta Corporación.
UGT, habiendo consultado previamente con sus delegados sobre las posibles modificaciones, materializadas en el nuevo documento, da el visto bueno a dicha propuesta.
El sindicato CSIT-PLA solicita iniciar la semana que viene la negociación del año 2020 sobre la adecuación de la jornada de 35 horas y aprueba firmar la instrucción aplicable a 2019, puesto que sus afiliados, antes de conocer las modificaciones de la propuesta, ya habían votado a favor de la misma.
El sindicato CPPM suscribe lo manifestado por el sindicato CSIT-PLA y también comenta que sus afiliados han votado antes de la mesa sectorial a favor de la propuesta.
El Director y la Subdirección General pactan con la Secretaria General Técnica y la Directora General de Retribuciones, la tramitación de un expediente administrativo de carácter urgente con fecha día 15 de noviembre para su presentación en Intervención lo antes posible con el fin de que se proceda al pertinente cobro antes del mes de febrero.
Los correspondientes días de disfrute por la citada adecuación laboral tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2020, gracias al acuerdo en Comise de UGT y el resto de los sindicatos integrantes de la misma
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