El día 17 de marzo tuvo lugar una reunión de trabajo entre representantes de UGT con Carlos Novillo, Director de ASEM-112 (Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112) y miembro de la Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales, para abordar distintos aspectos y flecos sobre la aprobación y desarrollo del futuro Reglamento Marco, de los cuales sustanciamos a continuación los puntos de mayor interés:
1. La materialización del citado Reglamento Marco es susceptible de sufrir demoras debido a la circunstancias de carácter político y sanitario que padecemos en la actualidad.
2. Existe margen para que, tanto la Abogacía de Madrid como la parte social, puedan presentar alegaciones de cara a solventar los flecos pendientes de matizar en su redacción.
3. El Director nos manifiesta que su única intención carece de posturas previas y que solo pasa por erigirse como órgano de intermediación entre las policías locales y los ayuntamientos, sin obviar la importancia y el papel de los sindicatos y la FMMP.
4. Sobre los puntos de discordia del actual documento, nos traslada las siguientes consideraciones:
- La polémica sobre la modificación a última hora de la adecuación de la horquilla de niveles de complemento de destino obedece a la problemática del supuesto desgate económico que la Ley de Coordinación ha originado en diversos ayuntamientos, cuya queja ha sido recogida por el representante de la FMMP. El posicionamiento de los representantes del Ayuntamiento de Madrid es que, tarde o temprano, dichos consistorios deberán aplicar las preceptivas mejoras retributivas.
- Respecto a la conceptualización del artículo 20, que recoge las necesidades del servicio, nos informan que han elevado consulta a la Abogacía de la Comunidad de Madrid con el fin de determinar su seguridad jurídica, ya que son conscientes de la inadecuada interpretación y desarrollo del mismo por algunos consistorios.
- En el ámbito laboral referente a los Auxiliares de Policía Municipal, el Director entiende que, debido a las peculiaridades de este colectivo y a su pertenencia intrínseca al Ayuntamiento de Madrid, debe ser dicha institución quien dé el paso y provea los medios para proceder a su reclasificación, aunque sería necesario, para un encaje adecuado en el Reglamento, que se les otorgara la consideración y denominación inequívoca de “Auxiliares de Policía”, y no la calificación de “Personal de Oficios”, reivindicación histórica que entendemos justa e identificativa de la importante labor que realizan.
5. En lo referente a los requisitos de la talla para las convocatorias de turno libre en Policía Municipal, se va a proceder a la supresión de los mismos, lo que de facto elimina la petición de tal condicionamiento para las futuras promociones
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