Cuantía de las cuotas de afiliación a la FeSP UGT de Madrid para el año 2019
- Cuota Ordinaria
- 13 euros mensuales
“La Cuota Ordinaria, cuyos tipos y cuantía establecen en su Congreso Federal las Federaciones Estatales, deben respetar un mínimo igual a la Cuota Básica Confederal.”
- Cuota Reducida
- 9,10 euros mensuales
“La Cuota Reducida se aplicará a los afiliados cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas del trabajo o protección por desempleo sean iguales o inferiores en cómputo anual a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
También podrá aplicarse a determinados colectivos y situaciones específicas, cuando así lo prevean los Estatutos Federales.”
- Cuotas Especiales para Jubilados (tipo C)
- 6,25 euros mensuales
“Se aplicará a los afiliados adscritos de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean superiores a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional.”
- Cuotas Especiales para Jubilados y Parados (tipo D)
- 3,75 euros mensuales
* Se aplicará a los adscritos de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean inferiores a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional y a los afiliados y afiliadas que se encuentren en situación de paro y carezcan de ingresos o prestaciones.
Las cuotas de afiliación son desgravables en la declaración del IRPF