Desde UGT fruto del esfuerzo que estamos realizando para conseguir la aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación en SAMUR-Protección Civil, hemos tenido acceso al proyecto del Real Decreto Ley por el que se regula el Régimen jurídico y procedimiento general para el establecimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social, que tiene previsión de ser aprobado en los próximos meses.
Este proyecto cambia dos paradigmas importantes:
PRIMERO: define claramente los condicionantes de exposición que afectan a los trabajadores y trabajadoras, haciendo posible su aplicación clasificando el desarrollo de su actividad profesional como PENOSA, TOXICA, PELIGROSA o INSALUBRE, definiendo estos conceptos como os exponemos a continuación:
-
-
- PENOSIDAD:Realización de actividades en condiciones extremas que implican un esfuerzo constante o de gran dificultad caracterizado, entre otras circunstancias por la edad, la exposición a calor o frío extremo, ruido, vibraciones, atención permanente requerida, uso permanente de fuerza física, nocturnidad, turnicidad, uso permanente de equipos de protección personal portados.
- PELIGROSIDAD:Realización de actividades en las que se produce exposición a factores de riesgo con potencial o capacidad de daño grave.
- INSALUBRIDAD:Realización de actividades en las que se produce exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud.
- TOXICIDAD:Realización de actividades en las que se produce exposición a contaminantes químicos por inhalación, vía dérmica, digestiva o parenteral.
-
Coextiendo en el conjunto de la plantilla de SAMUR- P.C. al menos 3 de los conceptos desarrollados, en el proyecto de Real Decreto Ley.
SEGUNDO: Hasta ahora la aplicación de estos conceptos se evalúa en el conjunto del colectivo, siendo compleja la legitimación sobre todo cuando recae la actividad en la Empresa Privada y en la Administración Pública.
Legitimando para solicitar la aplicación de los coeficientes reductores a la petición conjunta de las organizaciones sindicales más representativas y la administración donde se desarrolla la actividad.
Desde UGT estamos muy atentos al texto final y su convalidación en el Congreso de los Diputados, para que una vez este R.D.L. este en vigor iniciar la tramitación que desemboque en la aplicación de los coeficientes reductores de la Edad de Jubilación en la plantilla SAMUR-P.C.
Pero esta aplicación conlleva también el reconocimiento implícito de puestos de trabajo de menor impacto para aquel personal que decida no acogerse a la opción voluntaria de adelantar la edad de jubilación y deseen permanecer en activo hasta la edad de jubilación obligatoria.
Aqui puedes descargar nuestro INFORMA