Ante las múltiples consultas recibidas en esta Sección Sindical sobre la solicitud de abono del premio por años de servicio de aquellos compañeros y compañeras incursos en el proceso de jubilación anticipada y que hubieran cumplido al menos el primer tramo del premio correspondiente según lo establecido en el art. 73.2 del vigente Acuerdo Convenio 2019-2022, se ha contactado con instancias municipales para despejar dicha duda, siendo esta la contestación recibida:
- LA SOLICITUD DE ABONO DEL CITADO PREMIO DEBE REALIZARSE UNA VEZ FINALIZADA YA LA TRAMITACIÓN DE LA BAJA POR JUBILACIÓN ANTICIPADA.
- NO EXISTE UN PLAZO DE CADUCIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD TRAS LA CITADA JUBILACIÓN
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